MODELO CONTRATO DE APRENDIZAJE
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¿Qué es un Contrato de Aprendizaje?
Un Modelo de Contrato de Aprendizaje es una forma especial dentro del Derecho Laboral, mediante la cual una persona natural desarrolla formación teórica práctica en una entidad autorizada, a cambio de que una empresa patrocinadora proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación y esto le implique desempeñarse dentro del manejo administrativo, operativo comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades de la empresa.
¿Cómo se debe hacer el Contrato?
- Debe hacerse por escrito mediante un contrato legal
- No debe faltar: Identificación de empresa y empleador, oficio que es materia de aprendizaje, programa y duración del contrato, obligaciones y derechos de ambas partes, salario del aprendiz y escala de aumentos, condiciones, duración, vacaciones y periodos de estudio, cuantía de indemnización en caso de incumplimiento y firmas.
¿Cuánto puede durar el Contrato de Aprendizaje?
La duración del contrato de aprendizaje puede ser por cualquier tiempo determinado no superior a dos (2) años
¿Es obligatorio tener aprendices?
Todas las empresas están obligadas a contratar aprendices un aprendiz por cada 20 trabajadores y uno adicional por fracción de diez (10) o superior que no exceda de veinte. Las Empresas que tengan entre quince (15) y veinte (20) trabajadores, tendrán un aprendiz; las empresas de menos de diez (10) trabajadores podrán voluntariamente tener un aprendiz de formación del SENA. Con excepción de las empresas de construcción que NO están obligadas.
¿Cómo se le paga al aprendiz?
- Durante toda la vigencia de la relación, el aprendiz recibirá de la empresa un apoyo de sostenimiento mensual que sea como mínimo en la fase lectiva el equivalente al 50% de un salario mínimo mensual vigente.
- El apoyo del sostenimiento durante la fase práctica será equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de un salario mínimo mensual legal vigente.
- El apoyo de sostenimiento durante la fase práctica será diferente cuando la tasa de desempleo nacional sea menor del diez por ciento (10%), caso en el cual será equivalente al ciento por ciento (100%) de un salario mínimo legal vigente.
- Si el aprendiz es estudiante universitario el apoyo mensual, el apoyo de sostenimiento mensual no podrá ser inferior al equivalente a un salario mínimo legal vigente.
¿Cuáles son las fases del contrato de aprendizaje?
Fase Lectiva: Es aquella en la cual el aprendiz recibe formación académica.
Fase Práctica: Aquella en la que el aprendiz realiza la fase productiva de la empresa patrocinadora.
¿Que sucede cuando se termina la fase práctica?
Cuando el modelo de contrato de aprendizaje incluida dentro de la cuota mínima señalada por el SENA termine por cualquier causa, la empresa deberá reemplazar al aprendiz para conservar la proporción que le haya sido asignada.
¿Quién impone el número de aprendices?
La cuota es señalada por el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.
¿Como empresa me puedo oponer a la cuota señalada?
Si, se tienen 5 días hábiles después de emitido el acto administrativo para objetarlo y proceder con los recursos de ley.
¿Puedo pagar para no tener aprendices?
Si, la cuota de aprendizaje es susceptible de monetizarse, para los empresarios que NO deseen contratar aprendices. Estos podrán cancelar al SENA una cuota mensual resultante de multiplicar el 5% del número total de trabajadores, excluyendo los independientes por un salario mínimo legal vigente, si la monetización es parcial entonces será proporcional al número de aprendices que dejan de hacer práctica para cumplir con la cuota mínima obligatoria.
¿Se le debe pagar prestaciones sociales al aprendiz?
No a diferencia de un contrato laboral normal, en este contrato especial el aprendiz no tiene derecho al pago de las prestaciones ni parafiscales por aportes de pensión, ya que los pagos se le hacen no constituyen salario.Conoce mas información acerca de este tipo de contrato en FormuApp.